Según la agencia EFE, la nueva Ley de Consumo que está preparando el gobierno de España, prohibirá las llamadas telefónicas comerciales desde las 21.00 horas de la noche hasta las 9.00 horas de la mañana entre semana, así como los fines de semana y días festivos.
Ayer hablaba con unos colegas y lectores de Sinologic acerca de la legislación española en materia de callcenter comparándola con la de otros países: La obligación de que sea una persona física la que hable con el usuario y prohibir las locuciones pregrabadas, o la prohibición de realizar llamadas comerciales con número oculto, se suma ahora esta novedad.
Como usuario, entiendo perfectamente esta normativa, una llamada comercial un domingo a las 22:00 es, más que una llamada comercial, una llamada al boicot ante esa empresa.
Como empresa de callcenter limita considerablemente el horario de trabajo y por lo tanto, los puestos de trabajo que se ofrecen para trabajar, por ejemplo, los fines de semana. Muchos acuerdos comerciales se llevan a cabo por la noche o bien en fin de semana, así que lo único que se me ocurre es que el primer contacto sea en horario de 9:00 a 21:00 y a partir de ahí, si el usuario quiere más información o está interesado, admita recibir llamadas fuera de ese horario.
Cosa aparte es aquellos acuerdos que el usuario haya «firmado sin leer», esos papeles de determinadas empresas con la letra pequeña en la que acepta ser molestado las 24 horas del día los 365 días del año y la posibilidad de que otras empresas con las que tengan acuerdos comerciales también puedan molestarlo. Entonces ahí, esta nueva legislación no sabemos si se aplica, habría que leerse la nueva ley de consumo y entender las consecuencias.