En la cláusula 18 del contrato de Prodigy con sus clientes, se prohíbe estrictamente realizar llamadas por medio de VoIP en su red. A continuación se reproduce textualmente los fragmentos de dicha cláusula:
DECIMO OCTAVA… Queda estrictamente prohibido al CLIENTE:… el uso
de aplicaciones que se comercialicen o que existan en el mercado que puedan afectar la calidad de PRODIGY INFINITUM, las cuales de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: cursar a través de PRODIGY INFINITUM VOZ SOBRE IP (VoIP), terminar, transportar o reoriginar tráfico público conmutado originado en otra cuidad o país, así como, realizar actividades de regreso de llamadas (Call-Back) y puenteo de llamadas (By-Pass) y… En caso de contravenir lo estipulado en la presente cláusula, el CLIENTE será responsable de los daños y perjuicios que resulten, sin perjuicio del derecho de TELMEX de rescindir el presente Contrato y exigir el pago de las contraprestaciones pendientes a cargo del CLIENTE.
Asimismo, con el objeto de proteger la calidad de PRODIGY INFINITUM, el CLIENTE reconoce y acepta que TELMEX se reserva el derecho de: (i) finalizar cualquier SESIÓN DE INTERNET cuando se detecte la falta de uso de la misma por parte del CLIENTE y (ii) limitar el volumen de datos trasferidos ó en su caso el tiempo, por períodos de acuerdo a la modalidad de PRODIGY INFINITUM contratado.
Vamos, toda una estafa de servicio.
¿Para qué quieres tener internet si no puedes darle el uso que quieras?
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